Estimadas y estimados colegiados:

Desde el Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Zamora queremos recordarles la obligatoriedad y los requisitos normativos vigentes en relación con la receta médica privada, en cumplimiento del marco legal que regula la prescripción de medicamentos en el ámbito de la medicina privada.

Normativa aplicable

La prescripción de medicamentos sujetos a receta médica en el ejercicio de la medicina privada está regulada principalmente por el Real Decreto 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta médica y órdenes de dispensación, que sigue siendo la norma básica que establece el régimen jurídico de las recetas médicas públicas y privadas en España.

Este real decreto define la receta médica como un documento sanitario normalizado y obligatorio mediante el cual los médicos legalmente habilitados prescriben medicamentos o productos sanitarios sujetos a prescripción médica para su posterior dispensación en oficina de farmacia.

Requisitos de validez

Para que una receta privada sea válida:
1.    Formato oficial: Debe utilizarse el modelo oficial de receta médica privada proporcionado por el Colegio de Médicos, ya sea en soporte papel con medidas de seguridad o mediante receta electrónica privada homologada.
2.    Datos del prescriptor y paciente: La receta debe contener, entre otros, el nombre y apellidos del paciente, número de identificación (DNI/NIE), datos del médico prescriptor y demás campos exigidos por la normativa vigente.
3.  Autenticidad y seguridad antifraude: Tanto en papel como en electrónico, las recetas deben incorporar los mecanismos que garanticen su autenticidad, la identidad del profesional que las emite y dificultar el fraude.
4.    Dispensación: La receta privada válida puede dispensarse en cualquier farmacia del territorio nacional y tiene la misma validez legal en todo el país.

Receta electrónica privada

Desde la firma del convenio de 19 de diciembre de 2019 entre los Consejos Generales de los Colegios de Médicos, Dentistas, Podólogos y Farmacéuticos, existe un Sistema de Receta Electrónica Privada que permite emitir, registrar y dispensar recetas médicas privadas en formato electrónico con interoperabilidad en todo el territorio nacional, con plenas garantías de seguridad e integridad de la información.

Obligaciones profesionales

Recordamos a todos los colegiados que:
•    No es válido prescribir medicamentos sujetos a receta mediante recetas improvisadas (p. ej. con membrete y firma sin el modelo oficial ni las medidas de seguridad).
•    La custodia, uso adecuado y solicitud de talonarios de recetas corresponden al médico colegiado mediante los procedimientos habilitados por este Colegio y dentro de los estándares exigidos por la normativa.

Conclusión

La receta médica privada es un instrumento clínico-legal fundamental que garantiza la seguridad de los pacientes, la trazabilidad del medicamento y el cumplimiento de las obligaciones profesionales y sanitarias. Su correcta emisión, conforme a la normativa vigente, es responsabilidad de todos los médicos colegiados que ejercen en el ámbito privado.

Quedamos a su disposición para cualquier aclaración o soporte sobre la gestión de recetas privadas y los servicios disponibles para su emisión.

Atentamente,
Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Zamora


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