El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la modificación del decreto por el que se pone fin a la obligatoriedad del uso de las mascarillas en interiores a partir de este miércoles, excepto en algunos ámbitos, después de que así haya sido aprobado en el último Consejo de Ministros.

En este real decreto se establecen los ámbitos donde la mascarilla continuará siendo obligatoria. Así, las personas de seis años en adelante todavía quedan obligadas al uso de mascarillas en varios supuestos que se detallan a continuación.
 
Los usuarios de los medios de transporte aéreo, por ferrocarril o por cable y en los autobuses, así como en los transportes públicos de viajeros deberán continuar llevando mascarillas. Asimismo, seguirán siendo obligatorias en los espacios cerrados de buques y embarcaciones en los que no sea posible mantener la distancia de 1,5 metros, salvo en los camarotes, cuando sean compartidos por núcleos de convivientes.

La Red Española de Agencias de Evaluación de Tecnologías Sanitarias y Prestaciones del Sistema Nacional de Salud (RedETS) ha presentado su 'Plan Estratégico de Red de ETS 2022-2025' para la era pos-COVID-19.

Esta propuesta tiene como objetivo principal “definir las líneas maestras de las actividades a realizar y los criterios de decisión a utilizar” durante el periodo de vigencia de este, así como para “la consecución de la misión de la RedETS en el contexto en el que desarrolla su trabajo”.
 
El documento se configura en base a cuatro ejes: gobernanza y estructura; cobertura de las necesidades del Sistema Nacional de Salud; participación; transparencia y comunicación. Entre los objetivos estratégicos propuestos por este plan destacan la dotación a la RedETS de una personalidad jurídica que represente la suma de las agencias y unidades que la componen, conceder a la Red un mecanismo de financiación sostenible y plurianual “que garantice la estabilidad de la estructura”, y mejorar la detección y evaluación de necesidades y mejoras requeridas por el Sistema Nacional de Salud.

La reforma del Código Penal para castigar con penas de cárcel el “acoso en clínicas abortivas” entró en vigor el pasado 14 de abril a través de la aprobación de la Ley Orgánica 4/2022.

Esta reforma del Código Penal modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, y penaliza el acoso a las mujeres que acuden a clínicas para la interrupción voluntaria del embarazo.
 
Según se explica en el texto, todos aquellos “actos molestos, ofensivos, intimidatorios o coactivos que menoscaben la libertad de las mujeres” serán castigados con la pena de prisión de 3 meses a 1 año o bien con trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 80 días. Además, el tribunal podrá imponer la prohibición de acudir a determinados lugares durante un periodo de 6 meses a 3 años.
 
La ley también pretende amparar a los trabajadores del ámbito sanitario en su ejercicio profesional o función pública y al personal facultativo o directivo de los centros habilitados para interrumpir el embarazo castigando de la misma forma a los que ejerzan dicho acoso sobre estos profesionales.

Más del 40% de los pacientes que padecen dolor de cabeza recurrente está aún sin diagnosticar, según lo aseguró este martes la Sociedad Española de Neurología (SEN) que reveló que hasta un 89% de la población masculina y un 99% de la femenina ha padecido una cefalea en algún momento de su vida.

Con motivo de la celebración del Día Nacional de la Cefalea, la SEN subrayó que existen más de 200 tipos de dolor de cabeza, que se dividen en tres grandes grupos: cefaleas primarias, cuando el dolor no está asociado a ninguna lesión en el sistema nervioso; cefaleas secundarias, cuando se debe a lesiones en el sistema nervioso o a otras enfermedades; y las neuralgias, cuando el dolor se localiza en el territorio de un nervio.
 
A este respecto, el coordinador del Grupo de Estudio de Cefaleas de la SEN, el doctor Pablo Irimia, explicó que “la migraña y la cefalea tipo tensión son los tipos de cefalea primaria más frecuentes. La neuralgia más conocida es la neuralgia trigeminal, que se produce por la irritación del nervio trigémino que se ocupa de la sensibilidad facial. Y, a modo de ejemplo, entre las cefaleas secundarias se podría destacar el dolor de cabeza que se produce como consecuencia de que la persona padece una hemorragia cerebral o una sinusitis”.

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