El Consejo de Ministros aprobó, a propuesta de la ministra de Sanidad, Consumo y Bienestar Social en funciones, María Luisa Carcedo, el Real Decreto que regula la concesión directa de subvenciones a entidades del Tercer Sector de Acción Social vinculadas al ámbito de la discapacidad

Las ayudas ascienden a 5.032.250 euros, que se distribuyen entre 22 entidades de ámbito estatal. Se trata de organizaciones que históricamente han ido desarrollando una destacada labor en la defensa de los derechos básicos de las personas con discapacidad.
 
Las ayudas se destinan a financiar sus gastos corrientes de funcionamiento de sus estructuras centrales, siempre que respondan a los fines que tienen atribuidos. De esta forma, se facilita que puedan llevar a cabo la función que les corresponde de representación, defensa y promoción de los derechos e intereses generales de las personas con discapacidad y de sus familias.


La Ley del Tercer Sector de Acción Social, de 2015, prevé una serie de medidas de apoyo a estas entidades para garantizar su sostenibilidad y su participación en las políticas sociales y reconocer su condición de entidades colaboradoras de la Administración General del Estado, ya que son las que tienen un conocimiento más directo de las necesidades de las personas con discapacidad, y su actividad principal es de atender sus situaciones de necesidad.
 
Desde el año 2016, las sucesivas leyes de presupuestos generales del Estado han contemplado la concesión de subvenciones nominativas a estas entidades. En esta ocasión, al prorrogarse los presupuestos para 2019, las subvenciones nominativas pasan a reconocerse como subvenciones directas de carácter excepcional, tramitadas vía Real Decreto y cuyo otorgamiento se ampara en razones de interés público y social.
 
En concreto, reciben subvenciones: Confederación Estatal de Personas Sordas, CERMI, FESPAU, Confederación Autismo España, FIAPAS, Salud Mental España, Confederación Española de Organizaciones de Atención a las Personas con Parálisis Cerebral y Afines, Plena Inclusión España, COCEMFE, Down España, Federación de Asociaciones de Implantados Cocleares, Asociaciones de Personas Sordociegas de España, Federación Española de Daño Cerebral, FEDER, Federación Española de Sordoceguera, Asociación Esclerosis Múltiple España, PREDIF, ASPAYM, Federación ECOM, Federación de Coordinadoras y Asociaciones de personas con discapacidad física de las comunidades autónomas de España, APASCIDE y Asociación Española de Esclerosis Lateral.
 
La cuantía de la subvención sale del presupuesto de la Dirección General de Políticas de Discapacidad, dependiente del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.
 
Aprobada la accesibilidad al transporte público de las personas con discapacidad
 
El Consejo de Ministros también aprobó, a propuesta de los ministros en funciones de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, María Luisa Carcedo, y de Fomento, José Luis Ábalos, el Real Decreto que modifica el RD 1544/2007, de 23 de noviembre, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad.
 
El uso cada vez más extendido, entre las personas con discapacidad o movilidad reducida, de las sillas eléctricas y de los escúteres, requiere que, en todos los casos en los cuales se disponga de medios de transporte terrestre y marítimo que permitan el transporte de sillas eléctricas o escúteres, y estas cumplan determinadas normas técnicas, se garantice el acceso a los mismos, avanzando en la accesibilidad de nuestros medios de transporte público.
 
Para ello, y de acuerdo con las propuestas recibidas desde el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), se ha modificado la normativa con objeto de que las personas con discapacidad puedan usar en estos medios las sillas de ruedas con motor eléctrico y escúteres más usuales de forma totalmente gratuita.
Además, las empresas deberán informar a los viajeros sobre las características de las sillas y escúteres admisibles en cada servicio en función de las características técnicas y de seguridad de los medios de que disponen.
 
Por otro lado, el acompañamiento de perros especialmente adiestrados a personas afectadas por epilepsia o diabetes se ha mostrado especialmente eficaz para prevenir ataques propios de esas enfermedades, llegando incluso a salvar vidas.
 
Por ello, se establece la obligación de admitirlos en estos medios de transporte, facilitando la movilidad de estos colectivos.

FUENTE: medicosypacientes.com