Quince días de multa con una cuota diaria de 8 euros (120 euros total) es la condena que el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Zamora ha impuesto a un paciente por amenazar de muerte a un médico de Atención Primaria por culpar al facultativo de que le retirasen el permiso de armas.

Los hechos se produjeron en marzo de este año en el Hospital Virgen de la Concha de Zamora, donde el denunciado acudió al servicio de Atención al Paciente con intención de cambiarse de médico de Atención Primaria, amenazando de forma insistente y reiterada de que "se lo iba a cargar", al culpar al facultativo de que le hubiesen retirado el permiso de armas.

Los hechos probados se consideran una "falta", conforme al artículo 638 del Código Penal y se condena al autor de "falta de amenazas" a una multa de 15 días, a razón de 8 euros diarios lo que hace un total de 120 €, fallo que no fue recurrido por el denunciado, según informa el Colegio de Médicos de Zamora que actuó en la causa en representación del facultativo.

La aprobación en marzo de este año por el Congreso de los Diputados de la reforma del Código Penal que contempla las agresiones a sanitarios como delito de atentado contra la autoridad para los médicos funcionarios y conlleva hasta cuatro años de cárcel, ha sido el logro más importante en la lucha contra las agresiones, pero esta reforma no contempla como delito las amenazas, injurias, vejaciones y coacciones, lo cual supone para la OMC la "gratuidad del insulto y las amenazas al médico", como lo demuestran ejemplos de sentencias como esta en la que, por 120 €, un paciente puede amenazar de muerte a un médico.

A ello se suma la gran variabilidad en la falta de unificación de criterios por parte de los órganos judiciales a la hora de tipificar las agresiones, como lo reflejan las sentencias contra agresiones de 2014 analizadas por el Observatorio Nacional de Agresiones de la Organización Médica Colegial (OMC), de las cuales, la mayoría, el 59%, fueron consideradas como faltas (lesiones, daños, maltrato, orden público, amenazas, vejaciones e injurias), mientras que el 41% de las agresiones fueron calificadas como delitos (atentado, lesiones, amenazas, abuso sexual y alteración del orden público).

Las agresiones a médicos son un tema sobre el que la OMC y los 52 colegios de médicos de toda España llevan trabajando desde 2009, a raíz de la muerte de la Dra. María Eugenia Moreno, una residente de 34 años que fue asesinada por un paciente cuando se encontraba trabajando en el centro de salud de Moratalla (Murcia). Se creó entonces el Observatorio Nacional de Agresiones que recoge las agresiones denunciadas a través de las corporaciones médicas, con un computo total en los últimos cinco años de 2.058 agresiones que incluyen lesiones, amenazas, coacciones, maltrato, hurto, injurias y/o vejaciones.

La concienciación a los profesionales que trabajan en el entorno de los servicios de salud, la cooperación con las Administraciones públicas -Ministerio de Sanidad, Consejerías de Salud de las Comunidades Autónomas, Ministerio de Justicia, Fiscal General del Estado, Fiscalías y Cuerpos de Seguridad del Estado - y la sensibilización de la sociedad en general ante este grave problema, ha sido de gran ayuda para abordar esta lacra, que requiere de la unidad de todos.

Por ello, el Observatorio Nacional de Agresiones de la OMC se sigue trabajando para que las agresiones a sanitarios sean consideradas como violencia social, contemplando la consideración de delito contra la autoridad tanto si se producen en el ámbito público como en el privado y para que sean penadas con los mismos criterios en todas las CCAA.

Las acciones del Observatorio están encaminadas, en primer lugar, a evitar en la medida de lo posible estas agresiones que, además de repercutir gravemente en la salud y en la calidad de vida del profesional agredido, afecta de forma sustancial a la actividad sanitaria, uno de los pilares básicos de nuestra sociedad del bienestar.

Por ello, ha auspiciado los convenios firmados con Fiscalías y Administraciones autonómicas en diversas comunidades autónomas que han servido, sin duda, para avanzar en procedimientos judiciales rápidos, expeditivos y ejemplarizantes, en los que la consideración como delito de atentado contra la autoridad pública fue esencial cuando lo reconoció por primera vez, en 2007, una sentencia del Tribunal Supremo.

Fuente: medicosypacientes.com