Los Consejos Generales de Colegios Oficiales de Dentistas, Farmacéuticos, Médicos y Podólogos, reunidos telemáticamente ayer y de acuerdo con las competencias atribuidas por el Real Decreto 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta médica y órdenes de dispensación, han trabajado conjuntamente para habilitar una versión simplificada del Sistema de Receta Electrónica Privada para operar, de manera temporal y como solución de contingencia ante la situación de emergencia sanitaria provocada por el COVID-19. Dicha solución facilita el acceso a los tratamientos prescritos con las garantías sanitarias para los pacientes

A raíz de la situación derivada del COVID-19 y de las medidas adoptadas por las autoridades competentes en el actual Estado de Alarma, se han reducido muy significativamente los desplazamientos de los pacientes a las consultas físicas en los centros sanitarios (clínicas, hospitales), sobre todo de personas de especial riesgo ante el COVID-19. En estas circunstancias, y dado que los pacientes que reciben asistencia médica en el ámbito privado siguen requiriendo el acceso a sus tratamientos, una parte importante de facultativos está acudiendo a la telemedicina, sin la presencia física del paciente. En estos casos, y para poder prescribir a distancia, es necesario disponer de sistemas de receta electrónica con garantías para los pacientes.


Es por ello, que los Consejos Generales de Dentistas, Farmacéuticos, Médicos y Podólogos han puesto a disposición una versión simplificada del Sistema de Receta Electrónica que contiene las funcionalidades básicas de la misma —dispensación, sustitución, anulación—, al que se ha denominado “e-Receta Privada Situación COVID-19”.

Sistema de contingencia temporal
 
Ante la situación de excepcionalidad en que nos encontramos, la Comisión de Seguimiento del sistema de Receta Electrónica Privada de los Consejos Generales ha arbitrado un sistema de contingencia que permita la homologación temporal de todas aquellas entidades o empresas interesadas en prestar servicios de plataforma de prescripción de recetas electrónicas privadas.
Para ello, todas las partes implicadas además de tener que superar las pruebas de integración necesarias que garanticen la interoperabilidad de su sistema, deberán suscribir también los correspondientes documentos, asumiendo los compromisos y condiciones necesarios para preservar las garantías de confidencialidad de los pacientes, así como el cumplimiento de la normativa sanitaria de aplicación.
 
Asimismo, se han definido los mecanismos y especificaciones técnicas mínimas que permitirán garantizar la plena interoperabilidad del sistema para que las prescripciones electrónicas realizadas bajo “e-Receta Privada Situación COVID-19” puedan ser dispensadas en cualquier oficina de farmacia.
 
A este respecto, en la parte de la dispensación, cabe destacar el funcionamiento de Nodofarma, un nodo efectivo y ya implantado, que posibilita la interoperabilidad de las farmacias con cualquier sistema basado en receta electrónica. Interoperabilidad que resulta esencial, más si cabe aún en el momento actual, al permitir a los pacientes que puedan retirar su medicación en el punto más próximo a su domicilio ante una prescripción telemática.

FUENTE: medicosypacientes.com


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