El Juzgado de Instrucción nº 2 de Pamplona ha condenado al paciente por la comisión de un delito leve de amenazas, previsto en el artículo 171.7 del Código Penal

El Servicio Jurídico del Colegio de Médicos de Navarra, que ha llevado la defensa del médico agredido, explica que “los hechos ocurrieron el pasado mes de agosto, cuando el paciente acudió a la consulta del médico en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea acompañado de su esposa y su hijo de ocho días.

Como al parecer las explicaciones del facultativo no satisficieron al paciente, éste comenzó a ponerse nervioso y alterarse, levantando la voz de malas maneras, hasta que en un momento dado le dijo “te voy a matar de un navajazo”. Esta expresión asustó al médico que, a consecuencia de estos hechos, estuvo unos días preocupado y con temor ante la posibilidad de volver a encontrarse con el paciente”.


El Juzgado de Instrucción nº 2 de Pamplona condena al paciente por un delito leve de amenazas, previsto en el artículo 171.7 del Código Penal. La calificación como delito leve deriva de la falta de relaciones previas entre médico y paciente y de la ausencia de reiteración en su conducta por aquel, lo que excluye considerar de mayor gravedad la amenaza.

La sentencia considera probados los hechos por la declaración del facultativo y de una compañera de trabajo que se encontraba en la consulta cuando ocurrieron; y teniendo en cuenta que el paciente denunciado no acudió al juicio, por lo que no practicó prueba que cuestionara las declaraciones referidas.

La sentencia impone al paciente la pena en su grado máximo de tres meses de multa, con una cuota diaria de 8 euros -720 € en total-, valorando el contenido de la amenaza, que fue de muerte, y que se produjera en el lugar de trabajo del facultativo, “sin ningún tipo de justificación ni explicación, de forma absolutamente gratuita y en presencia de otras personas, todo lo cual hace que sea necesario, a los fines de prevención especial imponer la pena máxima que para este tipo de comportamientos prevé el Código Penal”.

La cuota de 8 euros por día, según se dice en la sentencia, es la habitual en los Juzgados de Pamplona para los casos en que no costa la capacidad económica del denunciado. La sentencia, además, impone las costas del procedimiento al paciente denunciado, por imperativo del artículo 240 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Tolerancia cero frente a las agresiones

El Colegio de Médicos de Navarra condena firmemente la agresión física sufrida, el pasado domingo, por una médica en el Servicio de Urgencias del Hospital Reina Sofía de Tudela y pide tolerancia cero frente a las agresiones al personal sanitario.

Subraya que “el primer problema al que se enfrenta el profesional agredido es la duda sobre si tiene que denunciar o no. Desde el Colegio de Médicos de Navarra se recomienda denunciar siempre.

El Colegio navarro ofrece un servicio de asesoría personalizada que permite a quienes han sufrido una agresión estar acompañado por un letrado desde el inicio del proceso. Pone, además, a disposición del profesional agredido el Programa de Atención Integral al Médico Enfermo (PAIME), que facilita una valoración confidencial y personalizada si necesitara asistencia en el ámbito psicológico.

FUENTE: medicosypacientes.com


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